Un año mas se acerca la Navidad y con ella El preciado y deseado sorteo de la Lotería de Navidad pero tras la felicidad, por la lluvia de millones, pueden empezar a surgir las dudas. Por ejemplo, a la hora de saber cómo, cuándo y dónde tendremos que pagar los impuestos correspondientes, o si el número lo hemos jugado a medias o queremos repartir el premio con más personas, ¿a quién le corresponde pagar el impuesto correspondiente?.
Desde nuestra asesoría además de felicitarlos la Navidad aprovechamos la ocasión para aclararos algunas de estas dudas.
Desde el pasado año 2013 este premio ya no se encuentra exento de tributar, es por ello que desde dicha fecha los premios superiores a 2500 euros se les aplica un gravamen del 20%.
Se debe tributar el 20% de la cantidad del premio que supere los 2.500 euros , los premios menores a 2.500 euros no deben pagar impuestos.
Imaginemos que nos tocan 10.000 €:
La cantidad sobre la que se calculán los impuestos son 7.500 euros (10.000- 2.500), una vez deducida la exención de los 2.500.
Sobre esos 7.500 euros, se paga un 20%. Pagaremos por tanto 1.500 euros (20% x 7.500 euros = 1.500 Euros)
Por tanto, de los 10.000 euros del premio, la cantidad que recibiremos tras el pago del impuesto será de 8.500 euros
Igualmente el primer premio de 400.000 euros, se rebajará a 320.500 euros previo cobro del fisco.

ASESORÍA GESTIONRED
¿ Que ocurre si el décimo lo comparto con otras personas?
Cuidado con las participaciones o con los regalos. Si no lo hacemos bien podríamos tener que pagar el impuesto de Sucesiones y Donaciones.
A efectos fiscales las participaciones no existen y por lo tanto lo que tributa es el décimo completo. El depositario del décimo o la persona encargada de cobrarlo será a la que se le aplique esta retención del 20%. Esa misma persona será la que a continuación reparta el premio «neto», es decir, después de haber pagado los impuestos, entre los participantes.
Según Hacienda, el ¨gestor del décimo¨ deberá acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido entre varios titulares de participaciones para que cuando se divida el premio no se considere como una ¨donación¨, porque en ese caso se debería de aplicar un nuevo impuesto, el de Sucesiones y Donaciones.
Un buen consejo para acreditar que el décimo ha sido compartido es el de cobrar los décimos premiados a través del banco, de este modo será el propio banco el que identifique con nombre, apellidos y DNI a cada una de las personas agraciadas con el premio de la lotería. Si al cobrar el décimo en el banco no acreditamos la identidad completa de todas las personas con las que compartimos el premio, corremos el riesgo de que estos datos no lleguen a la Agencia Tributaria y por lo tanto se considere una donación.
En el caso que la apuesta o el décimo de lotería se haya jugado entre varios, el premio será a repartir entre todos los que han participado de forma proporcional a lo jugado.
Por ejemplo, veamos qué impuestos hay que pagar y cómo se distribuirían los 2.500 euros exentos, en caso de un décimo de lotería de 20 euros, premiado con 10.000 euros y compartido por tres personas, en la que juegan respectivamente 10, 8 y 2 euros.
Vía expertofinanciero
Vemos que el impuesto total a pagar es independiente de sí el décimo lo juegan una o varias personas, en total, deben pagar 1.500 euros, pero en este caso, cada uno de los participantes en el décimo se debe descontar la parte proporcional de los 2.500 euros exentos, y así calcular el importe sobre el qué deben pagar los impuestos y la cantidad a tributar.
Mucha suerte a todos!!!! Y a ver sí este año el gordo o al menos un pellizquito se queda en Castro-Urdiales, si es así mucho cuidado con repartir el premio después de cobrarlo!!!
Desde nuestra asesoría estaremos encantados de asesoraros de forma gratuita y sin compromiso.
FELIZ NAVIDAD !!!!!!!!!
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